Compostaje in situ easy to compost easy to change Reciclaje de colillas
Obligaciones de residuos orgánicos

Separar los biorresiduos es obligatorio desde 2022

Desde el 30 de junio de 2022 la recogida separada de biorresiduos es obligatoria en los municipios de más de 5.000 habitantes, y desde el 31 de diciembre de 2023 en el resto. Esa parte ya está hecha. Lo que se ha movido después es el precio: las tasas de residuos suben de forma estructural y, en algunas comunidades autónomas, el canon de vertido se ha multiplicado. Esto es lo que dice el texto y lo que espera de usted.

Lo esencial

Tres cosas que retener, si no lee nada más

2022 la recogida separada de biorresiduos es obligatoria desde el 30 de junio
20% de impropios como máximo desde 2022, y 15 % desde 2027
2025 las tasas de residuos deben cubrir el coste real del servicio: suben desde abril
El texto

Un solo artículo, dos vías posibles

El marco europeo es el artículo 22 de la Directiva 2008/98/CE: desde el 31 de diciembre de 2023 los biorresiduos deben separarse en origen y tratarse, bien por recogida separada, bien por reciclado en origen. España lo transpone en el artículo 25 de la Ley 7/2022, «Recogida separada de residuos para su valorización».

El reciclado en origen

Usted trata sus residuos orgánicos allí donde se producen, mediante compostaje. Es la vía que operamos: la compostadora se instala en su centro y la materia no sale a la carretera.

La recogida separada

Usted entrega sus residuos orgánicos a un gestor autorizado que los retira separadamente para valorizarlos fuera del centro, en compostaje industrial o en digestión anaerobia.

El mismo artículo 25 admite el compostaje doméstico o comunitario como forma válida de recogida separada. Y fija un límite de impropios: 20 % desde 2022, 15 % desde 2027.

Desde cuándo

Dos fechas en la ley estatal, y una capa autonómica encima

El calendario estatal no tiene tramos: el artículo 25 fijó dos fechas, según el tamaño del municipio. Encima de esa base, cada comunidad autónoma añade su propia normativa, y no todas van al mismo ritmo.

  1. 20225.000 hab.y más, el 30 de junio
  2. 202220 %de impropios
  3. 2023el restoel 31 de diciembre
  4. 2025la tasaal coste real
  5. 2026Cataluñacanon de vertido
  6. 202715 %de impropios
  7. 2031100 €/tcanon catalán

Las dos fechas y el límite de impropios vienen del artículo 25 de la Ley 7/2022; la tasa no deficitaria, de su artículo 11. El canon de vertido es estatal, pero se cede a las comunidades autónomas: Cataluña lo eleva por el Decret llei 3/2026, y esa norma es catalana, no se aplica en el resto de España.

A quién afecta

Todos los productores, sea cual sea el sector

El artículo 25 de la Ley 7/2022 impone la recogida separada de biorresiduos, en establecimientos privados y públicos. En la práctica, en cuanto hay una cocina, un comedor, un office o excedentes alimentarios, hay biorresiduos que separar.

A

La restauración, en todas sus formas

Restaurantes, cervecerías, cafeterías, catering, food courts y dark kitchens: allí donde se cocina y se sirve, la fracción orgánica es el flujo principal.

B

El alojamiento y la sanidad

Hoteles, campings, residencias, centros sociosanitarios, clínicas y hospitales, tanto en sus cocinas como en la devolución de bandejas.

C

El terciario y la industria

Sedes corporativas, espacios de coworking, comedores de empresa, plantas industriales y plataformas logísticas con comedor.

D

El comercio y la enseñanza

Supermercados, fruterías, panaderías, carnicerías, colegios, institutos y universidades con servicio de comedor.

En cocina hay además una regla de separación, no una exclusión: el Reglamento (CE) 1069/2009 califica los residuos de cocina como material de categoría 3 cuando contienen componentes animales y se destinan al compostaje, y ese material debe ir a una instalación autorizada. No significa que un establecimiento con cocina no pueda tener una compostadora: significa que se separa una fracción más. A la compostadora, mondas y recortes, fruta y verdura, posos de café, hojas de té, restos de poda y siega, flores; aparte, por la vía que ya existe, carne, pescado y restos de plato.

Lo que hay que poder acreditar

Separar no basta: hay que poder acreditarlo

La ley exige al productor acreditar documentalmente la entrega a un gestor autorizado y conservar un archivo cronológico. Su responsabilidad no se extingue al entregar el residuo: llega hasta el tratamiento completo, debidamente documentado.

La prueba de la solución

Un contrato con un gestor de residuos autorizado, o la prueba de una solución de valorización en su propio centro.

El archivo cronológico

Un seguimiento que indique las cantidades salientes y su destino, actualizado y conservado.

Los justificantes de retirada

Un documento por operación, fechado y pesado, que acredite la recepción de la materia por el gestor.

La formación de los equipos

La separación la hacen personas: su formación en el gesto, y la trazabilidad de esa formación, forman parte del expediente.

Dónde está la presión

No es la multa, es la tasa

Durante años el argumento fue el cumplimiento. Hoy es el coste. El artículo 11 de la Ley 7/2022 obliga a que la tasa de residuos sea no deficitaria y refleje el coste real del servicio: desde abril de 2025 los ayuntamientos han tenido que revisarla al alza, y sigue sin cubrir costes. La trayectoria es estructural, no coyuntural.

Las tres palancas que hoy pesan sobre un productor de biorresiduos en España.
ConceptoQué lo mueve
La tasa municipal de residuos El artículo 11 de la Ley 7/2022: la tasa debe ser no deficitaria y reflejar el coste real del servicio
El régimen sancionador El incumplimiento de las obligaciones de la Ley 7/2022 (arts. 108-110)
El canon autonómico de vertido El impuesto estatal sobre el vertido se cede a las comunidades autónomas, que pueden incrementarlo

Cataluña es hoy el caso más avanzado: el Decret llei 3/2026 eleva el canon sobre los residuos municipales sin tratamiento previo. Es una norma catalana y no se aplica en el resto de España: cada comunidad autónoma fija su propio ritmo, y conviene comprobar la de la suya. A ello se suman consecuencias indirectas, a menudo más inmediatas que una multa: una tasa municipal más alta, una observación en una revisión de calidad, un punto bloqueante en una licitación.

Ponerse en regla

Tres soluciones, según lo que produzca

La solución adecuada depende sobre todo de su volumen anual. Por debajo de tres toneladas al año, la recogida clásica cuesta cara para poca materia; por encima de diez, el compostaje in situ ya no basta.

La recogida por un gestor autorizado

Usted separa en cocina y un camión retira los contenedores. Fácil de implantar, pero el coste y la huella de carbono suben deprisa cuando las recogidas son semanales.

El compostaje in situ

La materia se trata allí donde se produce y solo sale una vez reducida y estabilizada: la compostadora retira el 65 % de la masa y convierte cincuenta y dos recogidas al año en unas pocas retiradas, sin electricidad y sin acometidas. Es nuestro oficio: desde 79 € sin IVA al mes.

La digestión anaerobia

Adecuada a grandes volúmenes industriales, produce biogás. Sobredimensionada para un centro que produce menos de unas pocas toneladas al año.

Un apunte que solo vale en España: en la hostelería costera, en las islas y en buena parte del litoral mediterráneo, el volumen de biorresiduos se multiplica por tres o por cuatro en verano. Un contrato de recogida se dimensiona para el pico, y se pagan doce meses por una capacidad que hace falta tres. El compostaje in situ invierte la lógica: la capacidad instalada absorbe la temporada alta y, en temporada baja, no cuesta más por no usarse.

Para profundizar

El detalle, texto por texto

Esta página da el marco. Nuestros análisis detallados entran en el texto, sector por sector y obligación por obligación.

El marco Obligaciones de biorresiduos: la guía completa para empresas La obligación, a quién afecta y las vías de cumplimiento. Por sector La obligación de separar en 2026, sector por sector Restauración, terciario, comercio, sanidad, administraciones. El riesgo Régimen sancionador y coste de no separar Qué desencadena una inspección y qué cuesta. La prueba Trazabilidad: archivo cronológico y justificantes Lo que debe contener su expediente. El control Inspecciones: cómo prepararse Quién controla, cómo y qué documentos preparar. El texto La Ley 7/2022, analizada artículo por artículo Para quien quiere leer la norma en detalle.

Esta página presenta el estado del derecho en la fecha de su última actualización, a título informativo general. No constituye un asesoramiento jurídico: para una situación concreta, diríjase a un abogado o a las autoridades competentes.

Separar en origen es obligatorio desde 2022. No lo he decidido yo.Peazy, la mascota de Easy to CompostPeazy

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